Renovando el carné de Traductor-Intérprete Jurado (II)

In: Juradas|Profesionales|Recursos de TeI

9 Ago 2017

En la segunda parte de «Renovando el carné de Traductor-Intérprete Jurado» vamos a ver los diferentes pasos que hay que seguir para la renovación del carné de jurado. La renovación es ahora más sencilla que nunca ya que es posible realizar casi toda la gestión online. Claro está, siempre que el sistema quiera y no se ponga burro.

1. Empecemos con las herramientas necesarias. Condición sine qua non para poder usar los portales de la Administración es tener a mano un certificado digital vigente. Esta es la premisa básica dado que es el modo que vamos a tener para identificarnos fehacientemente en el portal del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación (MAEC). Adicionalmente, vamos a necesitar una foto nuestra (tamaño carné y digitalizada) y pagar la tasa correspondiente.

2. Con el certificado preparado para entrar en acción abrimos el navegador. Yo recomiendo usar para los trámites en los portales de la Administración el IE. No es que sea mi navegador favorito ni nada por el estilo pero nuestra Administración tiene una cierta predilección (que nadie entiende) por el IE y el uso de Java (cuestión aún más incomprensible que la anterior). Yo sugiero, por ello, hacer los trámites usando el IE lo cual no significa que la tarea pueda completarse con otro navegador. De hecho, en el portal se indica que se pueden usar también el Firefox o el Safari (para los usuarios de Linux o MacOS).

Entramos en la sede electrónica del Ministerio de Asuntos Exteriores (https://sede.maec.gob.es/). 

Aquí optamos por el siguiente recorrido:

  • «PROCEDIMIENTOS Y SERVICIOS»
  • «Traductores/as-Intérpretes Jurados/as»
  • «Expedición, sustitución, duplicación o modificación del carné de Traductor/a-Intérprete Jurado/a una vez obtenido el correspondiente título»

Aparecerán una serie de instrucciones que nos leeremos y un enlace para el pago de la tasa con el modelo 790.


2. El enlace del modelo 790 nos conduce a la descarga del pdf. Optamos por «Modelo 790 – Tasa 039 – Expedición de carné Traductor/a-Intérprete» y descargamos el modelo a nuestro ordenador.

Esta es la única vía que se debe de seguir para pagar la tasa ya que al descargar el pdf el portal genera un modelo 790 con un número de justificante único. Por lo tanto, no se deben de usar modelos 790 que se puedan encontrar por Internet o que algún compañero nos haya pasado.

Rellenamos el formulario del citado modelo y nos damos un paseo al banco más cercano para liquidar a la tasa. A excepción de otros portales administrativos, como el del Ministerio de Justicia, aquí todavía tenemos que acercarnos a una sucursal bancaria para abonar la tasa. Aunque tampoco hay que creer que todo es prosperidad y abundancia en los demás portales. A la vista de lo bien que funciona la pasarela de pago online y los errores que suele dar (salvo la de la Agencia Tributaria que siempre logra llegar a la cuenta bancaria) el camino a una entidad colaboradora no es algo infrecuente. Si el pago se quiere realizar desde el extranjero habrá que optar por realizar una transferencia por lo que usaremos los datos bancarios que nos indican en el mismo modelo 790. Con la tasa pagada volvemos a la madriguera y escaneamos el modelo 790, debidamente sellado por el banco, que ahora se ha convertido en un justificante de pago. Como formato optamos por pdf, jpg o png.

3. A continuación accedemos al procedimiento.

Nos saldrán unas instrucciones y requisitos técnicos acerca del acceso.

Nos identificamos con nuestra firma digital o cualquier otro método de los que hay disponibles.

 

Y así llegamos al formulario de solicitud.

Rellenamos los datos y subimos los archivos (la foto y el justificante del pago de la tasa) y le damos a enviar. Si todo ha ido a pedir de boca el sistema nos dará un resguardo de presentación, el MAEC se encargará de tramitar la solicitud y habremos terminado de momento. Enhorabuena.

4. Lamentablemente no todo resulta siempre tan fácil y sencillo como uno se lo esperaba. Varios son los problemas que nos pueden surgir.

En primer lugar está la vertiente de la foto. Las indicaciones nos advierten de que la foto no puede tener un tamaño superior a 1 MB y que ha de ser en formato jpg. Pero nada se dice acerca del alto y ancho de la foto la cual tiene que tener un «ancho máximo de 296 y una altura máxima de 625». Por lo tanto, según la foto de la que dispongamos tendremos que ajustar esos parámetros.

 

Eso se puede hacer con cualquier programa de fotos o de dibujo. Pero ojo al siguiente dato: porque según el programa que usemos para ajustar la foto al sistema del portal no le gustará. Nos dará error a pesar de que estemos subiendo un jpg. Parece ser que el portal opina que no todos los jpg son jpg. Los jpg creados por determinados programas se admiten y los jpg de otros programas se rechazan. A uno le da la sensación de estar discutiendo con un Alegre Transportador Vertical de Personas de la Compañía Cibernética Sirius de «percepción temporal desenfocada» porque digas lo que digas no se mueve. Ignoro por completo cómo llegué a darme cuenta de ese detalle pero si la foto da problemas la mejor solución pasa por ir jugando y probando con diferentes programas hasta dar con uno que cuente con el beneplácito del portal.

El segundo lugar de los contratiempos, no previstos pero reales, lo ocupa el envío final de la solicitud. Al igual que con la foto sigo sin tener la más remota idea de las razones por las que no hubo forma de enviar la solicitud por el canal previsto. El sistema daba tercamente error y se negaba, rotundamente, a aceptar y tramitar mi solicitud. Tras varios intentos infructuosos, tanto razonables como disparatados y carentes de toda lógica, la solución fue la siguiente: usar la sede electrónica del Punto de Acceso General de la Administración General del Estado, es decir, el Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado. Al fin y al cabo existen varias vías por la que le podemos remitir documentación a la Administración y si no funciona el sendero específico del MAEC nada nos impide usar el acceso por el portal general.

Accedemos al Registro Electrónico Común en https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.html:


Acto seguido nos identificamos con nuestro certificado digital.

Y desde aquí le enviamos una instancia al organismo que en este caso es, evidentemente, el «Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación».

En asunto hacemos constar «Duplicación o modificación del carné de Traductor/a-Intérprete Jurado/a» y exponemos algo al estilo de «Expone: PRIMERO.- Que mediante la presente se viene a solicitar la expedición del carné de Traductor-Intérprete Jurado ajustado el nuevo modelo conforme a la última modificación legislativa». Introducimos los datos para el carné tal y como lo habríamos hecho en la sede electrónica del MAEC, adjuntamos el justificante de pago de la tasa y la foto (con su tamaño y formato según las instrucciones del MAEC). Listo. Nuestra solicitud entrará por vía del Registro Electrónico Común el cual le remitirá todo al MAEC. Usar el Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado es dar una vuelta adicional no prevista pero funciona.

5. Con la solicitud hecha nuestro procedimiento aparecerá unos días más tarde en la pestaña «Mis Expedientes» de la Sede Electrónica del MAEC donde podremos conocer el estado actual de la tramitación.

Aunque, en realidad, no habrá mucho que ver. Llegados a este punto sólo cabe tener un poco de paciencia y esperar hasta que nos avisen de que el carné está listo, esto es, que podemos ir a recogerlo. Lo normal es que nos manden un correo electrónico desde la Delegación de Gobierno de nuestro domicilio avisando de que ya lo tienen a nuestra disposición. En cuanto a la duración de la tramitación no llegó ni a los tres meses. En mi caso particular la solicitud la hice a finales de febrero y en mayo ya tenía un aviso de la Delegación del Gobierno para ir a recoger el carné.

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Acerca de mí

Me llamo Fernando A. Gascón Nasarre. Ejerzo de abogado en Zaragoza y soy intérprete jurado de alemán. De la combinación de ambos campos surgen mis especialidades: las traducciones jurídicas y las interpretaciones judiciales.

  • Fernando: Hola, Ángel: Gracias por el comentario. Esto es uno de los puntos que los compañeros estaban comen [...]
  • Fernando: Hola, Vanessa: Muchas gracias por tu comentario. Desde mi punto de vista la traducción ha de cumpli [...]
  • Angel Orts: Cierto que el papel ya se queda atrás, al igual que la normativa específica de las traduciones jur [...]
  • Vanessa: Gracias por el artículo. ¿Se entendería que la traducción está jurada firmando digitalmente (co [...]
  • Na: Se acaban de publicar las bases para la convocatoria de 2018, por si es de interés para alguien: ht [...]

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