Traducciones de leyes españolas por el Ministerio de Justicia (II)

In: General|Profesionales|Recursos de TeI

2 Nov 2011

MJUTal y como ya comenté en otra entrada del blog el Ministerio de Justicia ha creado en su página web un apartado llamado «Traducciones de Derecho español» que contiene la «Colección: Traducciones del derecho español». Parece ser que el proyecto tiene vocación de continuidad ya que han aparecido textos nuevos. Una de las novedades es, por ejemplo, el Código Penal español o la LOPD:

Inglés:

  • Act on the Jurisdiction for Judicial Review
  • Labour Procedure Act
  • Criminal Code
  • Constitucional Act on Personal Data Protection
  • Royal Decree approving the regulations relating to Constitucional Act on Personal Data Protection

Francés:

  • Loi de Procédure en Matière de Travail
  • Code Pénal
  • Loi Organique relative à la Protection des Données à Caractère Personnel
  • Décret Royal portant aprobation du Règlement d´aplication de la Loi Organique relative à la Protection des Données à Caractére Personnel

Por lo demás, acabo de detectar el mismo error que en los anteriores textos. Algunas traducciones indican que se trataría de traducciones juradas que, sin embargo, han sido realizadas por una sociedad anónima (cosa francamente difícil).

1 Response to Traducciones de leyes españolas por el Ministerio de Justicia (II)

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Offcial translations of Spanish legislation and translating in a vacuum - Legally Yours from Spain

noviembre 17th, 2011 at 17:52

[…] reported here, the Spanish Ministry of Justice has made English and French translations of some Spanish […]

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Acerca de mí

Me llamo Fernando A. Gascón Nasarre. Ejerzo de abogado en Zaragoza y soy intérprete jurado de alemán. De la combinación de ambos campos surgen mis especialidades: las traducciones jurídicas y las interpretaciones judiciales.

  • Fernando: Hola, Ángel: Gracias por el comentario. Esto es uno de los puntos que los compañeros estaban comen [...]
  • Fernando: Hola, Vanessa: Muchas gracias por tu comentario. Desde mi punto de vista la traducción ha de cumpli [...]
  • Angel Orts: Cierto que el papel ya se queda atrás, al igual que la normativa específica de las traduciones jur [...]
  • Vanessa: Gracias por el artículo. ¿Se entendería que la traducción está jurada firmando digitalmente (co [...]
  • Na: Se acaban de publicar las bases para la convocatoria de 2018, por si es de interés para alguien: ht [...]

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