CongresoEl BOE publica hoy las siguientes convocatorias:

5725 Resolución de 16 de marzo de 2011, de la Presidencia del Congreso de los Diputados, por la que se publica el Acuerdo de la Mesa del Congreso de los Diputados, de convocatoria para la provisión de plaza de Traductor Intérprete (francés e inglés).

5726 Resolución de 16 de marzo de 2011, de la Presidencia del Congreso de los Diputados, por la que se publica el Acuerdo de la Mesa del Congreso de los Diputados, de convocatoria para la provisión de plaza de Traductor Intérprete (inglés y francés).

TSMe comentó hace unos días un compañero traductor que eso de traducir sentencias judiciales le resultaba engorroso por la dificultad que encierra el lenguaje jurídico. Pues a ver lo que opinas de la dificultad si el lenguaje es precisamente todo menos jurídico o, peor todavía, una mezcla de ambas cosas 😉 Tengo por aquí una sentencia del Tribunal Supremo de fecha 24 de diciembre de 2002 que es una auténtica delicia y dice así (ay, ver para creer):

«PRIMERO.- Se interpone recurso contencioso-administrativo contra una resolución del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, de 28 de junio de 2000, desestimatoria del recurso ordinario formulado contra el acuerdo de la Comisión Disciplinaria de 20 de noviembre de 1999, por la que se había impuesto al recurrente, por su actuación como titular del Juzgado de Instrucción nº 9 de Málaga, una sanción de multa de 150.000 ptas. prevista en el artículo 420-1-b) y d de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por la comisión de una falta grave del artículo 418-5, consistente en la falta grave de consideración respecto de los ciudadanos por medio de las expresiones utilizadas en la sentencia dictada el 7 de mayo de 1999 en el juicio de faltas 512/97, y una sanción de advertencia, prevista en el artículo 420-1-a) y 2, como autor de una falta leve tipificada en el artículo 419-2, por desconsideración con los miembros del Ministerio Fiscal, cometida también en la referida sentencia.

Los hechos declarados probados en que se fundan las sanciones son los siguientes: «El Magistrado Ilmo. Sr. D. J.M.R.F. siendo titular del Juzgado de Instrucción nº 9 de Málaga, dictó Sentencia con fecha 7 de mayo de 1999 en el Juicio de Faltas nº 512/97, en la que se contienen las siguientes literales expresiones:

«El mismo F.B.G. ha reconocido ser el autor de tan exacrable conducta, digna de los más cutres episodios de «Makoki», por lo que poco más se puede decir que quede claro que F.B.G. es el culpable, convicto y confeso de tal felonía, (…) a) En cuanto a la extensión , de conformidad con el art. 638 del Código Penal, atendidas las circunstancias del hecho, lo más lógico parece poner el grado máximo, porque, vamos, intentar mangarle los cupones a una ciega, es ya lo último, aunque sea una ciega con un par de … , como en este caso; aunque bien es cierto que casi todos los vendedores de cupones los tienen bien puestos y es difícil dársela con queso. Pero bueno, desde cualquier punto de vista hace feo eso de ir por ahí quitando los iguales a los ciegos y es abusar de ellos y esas cosas y habría que darle caña a B.. Pero luego resulta que el hombre te sale con lo de la droga y el síndrome y el mono y que estaba muy colgao y, vaya, si total no llegó ni a quitárselos y tal y tal (tentativa dice la Ley). Y aunque digo yo y dirán algunos que, qué más da que se los haya quitado o no, pero bueno el caso es que la Ley, que para eso es la Ley, pone menos pena a los choris si les trincan y se comen el marrón. Y al fin y al cabo es verdad que B. está muy «acabao» el hombre y a mi me da pena. Y total, que vaya, que digo yo, que es la última Sentencia que pongo como Juez de Instrucción y casi le tengo cariño, que son muchos años arreándole hostias al pobre hombre y encima me voy de Málaga y le dejo en la cárcel (supongo que como estaba cuando yo llegué aquí). Sí que venga, no se hable más, la pena mínima y la cuota mínima y eso porque no le puedo absolver, porque no me deja el Juez que llevo dentro y porque el Fiscal (que es muy buena gente, pero es Fiscal) se va a cabrear y con razón. Lo dicho, un mes de multa y no se hable más. b) En cuanto a la cuantía, si no tiene un duro el hombre, pues que le vamos a poner, la mínima, doscientas pesetillas por día, como el del anuncio del giliflautas ese de la ilusión (hombre, qué casualidad, ese abominable anuncio es de la ONCE, me parece)».»

Por cierto, el Tribunal Supremo desestimó el recurso tal y como era de esperar:

«Partiendo de este esquema general, podemos avanzar en el sentido de afirmar que las reglas de cortesía a las que se refieren los tipos sancionadores implican un sistema de comportamiento que responda al patrón normal que se expresa en los hábitos judiciales y que implica un escrupuloso respecto a las diferentes posiciones dialécticas que las partes asumen en el proceso, respecto que a su vez exige huir al máximo de expresiones o calificaciones que banalicen el debate procesal o que trasladen las consideraciones de hecho o de derecho que se manifiesten en el mismo a la valoración personal de los intervinientes en el litigio, mediante descripciones o utilización de expresiones que, pretendiendo a veces ser jocosas, sin embargo no responden al mencionado patrón normal de conducta en la redacción de las sentencias, de modo que resulte no solo sorprendente, sino que además esta sorpresa se deslice hacia una clara falta de armonía entre el texto de la resolución judicial y la expectativa de sobria objetividad verbal esperable en su redacción, con exclusión de alusiones personales a la vez impertinentes en lo jurídico y despectivas en lo personal o referencias poco consideradas con la propia Ley

UnisalamancaLa Facultad de Traducción y Documentación de la Universidad de Salamanca celebra el «IV Simposio de Traducción e Interpretación del/ al Alemán» y que tiene como destinatarios a los profesionales de la enseñanza de la traducción.

El evento contará con diferentes secciones temáticas y una sección especial para jóvenes investigadores que acoja las propuestas de los estudiantes de los últimos años de carrera, los recién licenciados y los doctorandos.

Secciones temáticas:

  1. Historia de la traducción
  2. Teoría de la traducción
  3. Didáctica de la traducción
  4. Gramática contrastiva español-alemán
  5. Lingüística y traducción
  6. Traducción literaria
  7. Traducción de los lenguajes de especialidad
  8. Traducción periodística
  9. Recursos para la traducción
  10. Interpretación

Fecha y lugar:

Salamanca, 6-8 de abril de 2011.

6 de abril de 2011, miércoles, de 9.00h-14.00h y 16.30h-20.30h.

7 de abril de 2011, jueves, de 9.00h-14.00h y 16.30h-20.30h.

8 de  abril de 2011, viernes, de 9.30h-13.30h y 17.00h-20.00h.

Programa (pinchar en el enlace)

Organización del evento:

  • Pilar ELENA
  • Carlos FORTEA
  • María Ángeles RECIO
  • Silvia ROISS
  • Belén SANTANA
  • Petra ZIMMERMANN

Para más información sólo hay que seguir éste enlace.

P.S. Un placer Silvia 😉

Inst. univ. comp. JesúsEl INSA-ETEA ofrece un curso para traductores-intérpretes judiciales denominado «ESPECIALISTA JURÍDICO UNIVERSITARIO EN DERECHO PROCESAL (CIVIL, PENAL, ADMINISTRATIVO Y LABORAL)».

Sin embargo, ojo al dato. Si bien el curso señala que tiene como destinatarios «A todos los traductores-intérpretes licenciados, diplomados, y titulados oficialmente que auxilian a la Administración de Justicia» entiendo que se trata de un curso puro y duro de Derecho y, de hecho, incluye la resolución de casos prácticos o de comentarios jurisprudenciales. Al menos eso es lo que yo deduzco del programa. En caso contrario, se agradece cualquier comentario y si alguien se matricula espero que nos cuente qué tal le ha ido.

Portada IJMe complace enormemente poder divulgar que ha sido publicado el libro «Interpretar para la Justicia» escrito por el Dr. Juan Miguel Ortega Herráez, miembro fundador de la APTIJ y batallador de la causa. Es obligatorio reseñar que no existen muchos estudios y libros sobre la presente materia lo que convierte la obra del Dr. Ortega Herráez en un libro fuera de lo acostumbrado. La obra no solamente analiza la situación actual de configuración, acceso y funcionamiento del sistema español de interpretación judicial, sino que se relaciona con los sistemas y las soluciones a las que se ha llegado y optado en otros países. Sin duda alguna, una obra obligatoria para cualquier profesional e interesado en la interpretación judicial.

El libro, con prólogo de la profesora Dra. Anne Martin (Universidad de Granada), ha sido publicado en la colección Interlinguaeditorial Comares– y consta de seis capítulos que profundizan en los siguientes puntos:

INTRODUCCIÓN

Capítulo 1 CONTEXTUALIZACIÓN DE LA INTERPRETACIÓN JUDICIAL

1.1. Interpretación judicial vs. Interpretación en los servicios públicos (ISP)
1.1.1. Interpretación judicial como género independiente
1.1.2. Interpretación judicial como subgénero de la ISP
Capítulo 2 GARANTÍAS PROCESALES: EL DERECHO A INTÉRPRETE
EN LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES PENALES
2.1. Normativa internacional
2.1.1. Naciones Unidas: Declaración Universal de Derechos Humanos
2.1.2. Consejo de Europa: Convenio Europeo de Derechos Humanos y jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos
2.1.3. Unión Europea: iniciativas y propuestas para la creación de un espacio de libertad, seguridad y justicia
2.2. Normativa española
2.2.1. Constitución de 1978
2.2.2. Ley de Enjuiciamiento Criminal
2.2.3. Ley Orgánica del Poder Judicial
2.2.4. Jurisprudencia
Capítulo 3 EL INTÉRPRETE JUDICIAL Y SU ACREDITACIÓN PROFESIONAL
3.1. Objetivo y destrezas del intérprete judicial
3.2. El acceso a la profesión en el ámbito internacional: acreditación profesional
3.2.1. Australia: National Accreditation Authority for Translators and Interpreters (NAATI)
3.2.2. Reino Unido: Diploma in Public Service Interpreting (DPSI)
3.2.3. Estados Unidos
3.3. El acceso a la profesión en el ámbito nacional: intérpretes jurados e intérpretes judiciales
3.3.1. El intérprete jurado
3.3.2. El intérprete judicial
Capítulo 4 MODELOS DE PROVISIÓN DE SERVICIOS DE INTERPRETACIÓN JUDICIAL EN ESPAÑA
4.1. Modelo tradicional: personal en plantilla y colaboración de free-lances
4.2. Tendencia general en la actualidad: subcontratación de servicios
4.3. Otros modelos de gestión: gestión integral pública de servicios de traducción e interpretación judicial
4.4. Un caso especial: el juicio del 11-M
Capítulo 5 EL PAPEL DEL INTÉRPRETE EN LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES
5.1. El papel del intérprete judicial como mediador interlingüístico oral
5.2. El intérprete judicial frente a otros papeles profesionales
5.2.1. Como traductor
5.2.2. Como perito
5.2.3. Como mediador social intercultural
Capítulo 6 ESTUDIO DESCRIPTIVO SOBRE EL PAPEL DEL INTÉRPRETE EN ESPAÑA
6.1. Metodología del estudio descriptivo
6.2. Resultados del estudio descriptivo
6.2.1. Perfil de los encuestados
6.2.2. Situación profesional
6.2.3. Organización del trabajo y preparación
6.2.4. Técnicas de interpretación y formación
6.2.5. Imagen profesional
6.2.6. El papel del intérprete
6.2. Recapitulación
Capítulo 7 CONCLUSIONES
1. Contexto legislativo de la interpretación judicial
2. Acceso a la profesión
3. Sistemas de provisión de servicios de interpretación judicial en España
4. Papel del intérprete judicial
5. Estudio descriptivo
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

¡Enhorabuena Juan-Miguel! Engendrar  un libro de este tipo es toda una hazaña.

ASATIAbrimos el calendario y aparece un evento aragonés. ASATI celebra la IV jornada ASATI bajo el lema de «El futuro de la traducción». La jornada tendrá lugar el 26 de febrero y sospecho que hablaremos de todo lo que nos preocupa últimamente (SEIL, Lionbridge etc.). Estaremos presentes (me incluyo):

Margaret Clark, presidenta de ASETRAD
María Barbero, directora de «La Linterna del Traductor»
Antonio Martín, presidente de UniCo y gerente de Cálamo & Cran
Pablo Muñoz Sánchez, autor del blog «Algo más que traducir»
Oliver Carreira, autor del blog «La paradoja de Chomsky»
Fernando A. Gascón Nasarre, vicepresidente de APTIJ.

Hora: 9:30-13:30 h
Lugar: Salón de Actos de la Biblioteca María Moliner (Universidad de Zaragoza, Campus de San Francisco)
Precio: 20 € (socios de ASATI/ASOCESP y estudiantes: 15 €)

P.S. Ya tenía yo ganas de conocer, por fin, a Pablo, a Oliver y a María en persona.

MJU

Navegando hoy por la página del Ministerio de Justicia buscando la dirección de un juzgado me he encontrado con una agradable sorpresa. Nuestro MJU ha remodelado su presencia en Internet incluyendo un nuevo apartado llamado «Traducciones de Derecho español» que contiene la «Colección: Traducciones del derecho español». De momento existen únicamente dos apartados de inglés y francés, pero con diferentes leyes básicas:

Inglés:

  • Act On Insolvency (Ley Concursal)
  • Code of Comerce (Código de Comercio)
  • Civil Procedure Act (Ley de Enjuiciamiento Civil)
  • The Intellectual Property Act (Ley de Propiedad Intelectual)
  • Organic Act for Effective Equality Between Women and Men (Ley de Igualdad)
  • Organic Act of Protection Measures against Gender Violence (Ley contra la Violencia de Género)
  • Spanish Civil Code (Código Civil)
  • Mortgage Law (Ley y Reglamento Hipotecario)
  • Act on Legal Aid (Ley de Asistencia Jurídica Gratuita)
  • Corporate Enterprises Act (Ley de Sociedades de Capital)

Francés:

  • Loi Organique pour l’Égalité Effective entre Femmes et Hommes (Ley de Igualdad)
  • Loi Organique de Protection Intégrale contre la Violence de Genre (Ley contra la Violencia de Género)
  • Texte refondu de la Loi sur les Societés de Capitaux. (Ley de Sociedades de Capital)
  • Loi sur la Jurisdiction du Contentieux Administratif (Jurisdicción Contencioso Administrativa)

Si tenemos en cuenta lo que dice la publicación se trataría de traducciones juradas (cosa extraña tratándose en algunos casos de una mercantil). Pero por algo se empieza.

EU DGTTercera parte de la saga «El Portal de la Unión Europea». Continuamos con un aspecto no menos importante a la hora de traducir usando el servidor de la Unión Europea, esto es, la jerarquización de las fuentes. Cuando nos movemos entre todas las bases de datos terminológicas que existen en la Unión Europea el área de Broca de nuestro cerebro puede acabar echando humo, fuego y pasión por todos los lados. Porque en ocasiones podemos descubrir que existen varias propuestas de traducción sin que sepamos realmente el valor que se les debe atribuir a cada una de ellas. Y, ciertamente, no todas las traducciones se encuentran en pie de igualdad, sino que algunas tienen mayor valor que otras. La Guía del Traductor nos lo aclara con un excelente esquema denominado «La Jerarquización de las fuentes en la traducción institucional»:

No todas las fuentes tienen igual valor en la traducción institucional. A la hora de documentarse o de decidir entre opciones alternativas para traducir una expresión o un término, el traductor debe tener presente la jerarquización de las fuentes resumida en el siguiente cuadro. La cúspide de la pirámide está ocupada por los Tratados que dan carta de naturaleza a las Instituciones para las que trabajamos. Pese a su importancia político-jurídica, las preguntas parlamentarias y las actas de la sesiones que recogen las decisiones del PE ocupan una posición relativamente baja como fuentes documentales (Nivel IV) porque suelen basarse a su vez en actos previos.

La jerarquización de las fuentes en la traducción institucional

Nivel I

Derecho primario

Tratados constitutivos de la UE

Nivel II

Derecho derivado y disposiciones asimilables, jurisprudencia del TJE, (Diario Oficial – Serie L, reglamentos, directivas, decisiones, reglamentos internos, acuerdos interinstitucionales, sentencias)

Reglamento del PE

Reglamento financiero

Estatuto de  los funcionarios

Reglamentación de las dietas de los diputados

Nivel III

Actos preparatorios (Diario Oficial, Serie C)

Nivel IV

Resoluciones y preguntas parlamentarias

Actas de la sesión (Diario Oficial, Serie C)

Nivel V
Documentos internos de las Instituciones

Documentos informativos (Informe anual de la CCE, Fichas técnicas de la UE, etc.)

Nivel VI

Fuentes terminológicas  (Glosarios, bases de datos, etc.)

LGLFocos y luces que ya está entre nosotros la siguiente edición de cursos APTIJ. Los días 11, 12 y 13 de marzo vamos a dar inicio a los siguientes cursos:

  • «Actualización sobre ordenamientos jurídicos de países anglófonos para traductores e intérpretes»
  • «Actualización sobre ordenamientos jurídicos de países germanófonos para traductores e intérpretes»

La finalidad de los cursos es facilitarle a los traductores e intérpretes judiciales un mayor conocimiento de aquellos sistemas jurídicos con los que habitualmente entran en contacto. Los cursos se desarrollarán en dos seminarios de 15 horas de duración cada y se impartirán en paralelo por lo que los alumnos únicamente podrán cursar uno de los dos módulos.

Módulo 1

I.- EL SISTEMA CONSTITUCIONAL EN LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA

II.- EL SISTEMA JUDICIAL EN LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA

III.- PRINCIPIOS QUE INSPIRAN EL PROCESO ALEMÁN.

Módulo 2

I.- EL SISTEMA JUDICIAL BRITÁNICO

II.- DERECHO PENAL

III.- REPERCUSIONES DE LAS DIFERENCIAS ENTRE ORDENAMIENTOS JURÍDICOS PARA EL PROCESO TRADUCTOR

Profesores responsables del curso:

Ordenamientos jurídicos de países anglófonos

NEIL MCMAHON.

Ordenamientos jurídicos de países germanófonos

FERNANDO A. GASCÓN NASARRE.

Número de plazas:

Inglés: 60.

Alemán: 40.

Se establece un cupo de reserva para los socios de APTIJ.

Fecha y lugar de celebración

El curso se celebrará en las fechas y horarios que se indican a continuación:

11 de marzo de 2011: 15:00-20:00

12 de marzo de 2011: 09:00-14:00

13 de marzo de 2011: 09:00-14:00

El curso tendrá lugar en las instalaciones del Ilustre Colegio de Licenciados y Doctores en Filosofía y Ciencias de la Comunidad de Madrid, sito en la C/ Fuencarral, 101, Madrid (Metro Bilbao, Tribunal).

El programa completo se puede consultar en la página de APTIJ.

NUPara aquellos intérpretes ávidos y con ganas de viajar a otros países. Acaba de salir un puesto de Intérprete Senior de Español en Naciones Unidas en Ginebra y otro de Jefe de Interpretación en la OCDE en Paris. Tal vez sea buen momento para cambiar de hábitat…

1. Naciones Unidas:

Intérprete Senior de Español

El Intérprete Senior de Español se ocupará de la interpretación de discursos y debates emitidos en inglés o francés. Se le asignará la coordinación y supervisión del equipo de intérpretes asignados a la misma reunión.

Para este puesto es necesario haber pasado el examen de Naciones Unidas para intérpretes de español. Se requieren 10 años de experiencia profesional en el ámbito de la interpretación.

Titulacion(es) Requeridas:

  • FILOLOGÍA
  • TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN

2. OCDE

Jefe de Interpretación

La División de Interpretación de la OCDE,  dentro del Servicio de Idiomas de la Dirección Ejecutiva, está buscando un Jefe de División, que trabajará directamente bajo la supervisión del Jefe del Servicio. El candidato seleccionado será responsable de la gestión de la división  dirigiendo el equipo de intérpretes, la unidad de interpretación administrativa y la Unidad de Gestión  de Conferencias.

Requisitos

Para este puesto se requieren de 10 a 15 años de  experiencia como intérprete en un contexto internacional e intergubernamental y de ellos 5 en puestos ejecutivos. Dominio de las lenguas oficiales de la OCDE  con capacidad para comunicarse claramente y redactar correcta y convincentemente en ambas lenguas. Conocimiento de otra de las lenguas relevantes para la organización ( español, alemán, italiano, ruso, chino).

Titulacion(es) Requeridas:

  • FILOLOGÍA
  • TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN

Acerca de mí

Me llamo Fernando A. Gascón Nasarre. Ejerzo de abogado en Zaragoza y soy intérprete jurado de alemán. De la combinación de ambos campos surgen mis especialidades: las traducciones jurídicas y las interpretaciones judiciales.

  • Fernando: Hola, Ángel: Gracias por el comentario. Esto es uno de los puntos que los compañeros estaban comen [...]
  • Fernando: Hola, Vanessa: Muchas gracias por tu comentario. Desde mi punto de vista la traducción ha de cumpli [...]
  • Angel Orts: Cierto que el papel ya se queda atrás, al igual que la normativa específica de las traduciones jur [...]
  • Vanessa: Gracias por el artículo. ¿Se entendería que la traducción está jurada firmando digitalmente (co [...]
  • Na: Se acaban de publicar las bases para la convocatoria de 2018, por si es de interés para alguien: ht [...]

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